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Estados Unidos, Norteamérica | Fecha de entrada en vigor: 2022

Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur (UFLPA)

Diligencia debida en materia de derechos humanos
Porque ninguna cadena de suministro está libre de riesgos relacionados con la esclavitud moderna

El gobierno estadounidense puso en vigor una ley que tiene por objeto abordar las importaciones vinculadas al trabajo forzoso en la región autónoma uigur de Xinjiang (XUAR) de China. La Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur (UFLPA) determina que “todos los bienes, mercancías y artículos extraídos, producidos o fabricados en su totalidad o en parte” en XUAR deben considerarse producto del trabajo forzoso a menos que se demuestre lo contrario.

Como punto de partida, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) adoptó un enfoque de aplicación relativamente limitado, centrándose en los envíos de Xinjiang procedentes de cuatro sectores de alto riesgo (confección, algodón, tomates y polisilicio) o asociados a empresas presentes en la “Lista de entidades de la UFLPA“. No obstante, si existen pruebas creíbles de que un envío, producto o empresa en particular está vinculado a su producción en XUAR, el DHS se centrará en dichos informes para su aplicación.

Los importadores cuyos envíos se marquen como potencialmente asociados a los sectores de alto riesgo o a entidades presentes en la mencionada lista tendrán que presentar pruebas convincentes de que sus bienes no proceden total o parcialmente de la región, o de que sus bienes, aunque procedan de XUAR, no se han producido mediante trabajos forzosos. Las orientaciones del gobierno estadounidense enumeran las pruebas en las que deben basarse los importadores, entre las que se incluyen las siguientes:

  • Un mapeo completo de la cadena de suministro que indique las instalaciones donde se produjeron los bienes
  • Información sobre todos los trabajadores de cada instalación, incluida la información salarial y las prácticas de contratación que demuestren que los trabajadores no están sujetos a trabajos forzosos

El servicio aduanero y de protección fronteriza mantiene un panel de control estadístico de la UFLPA para que las empresas puedan hacer el seguimiento de las últimas cifras de los envíos prohibidos.