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Divulgación de riesgos climáticos de la SEC: lo que necesita saber

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 El 20 de enero, el presidente de EE. UU., Donald Trump, revocó una orden ejecutiva de su predecesor que exigía a las agencias federales que adoptaran medidas para evaluar los riesgos relacionados con el clima para la economía del país. Con el relevo de su presidente, la SEC dijo que ya no defenderá la norma de divulgación en los procedimientos judiciales en curso, lo que apunta a que la norma podría dejar de aplicarse.

La Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC) introdujo la Norma de Divulgación de Riesgos Climáticos en marzo de 2024, en virtud de la cual, obligaba a las empresas a presentar información sobre sus riesgos relacionados con el clima, sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y las consecuencias financieras de los fenómenos meteorológicos extremos.

Sin embargo, los cambios normativos, las sucesivas impugnaciones y el relevo político han generado incertidumbre en torno a las obligaciones federales de divulgación climática. Por ejemplo, Trump ha revocado una orden ejecutiva introducida por la Administración Biden que exigía a las agencias federales evaluar los riesgos relacionados con el clima para la economía estadounidense.

¿Qué es la Norma de Divulgación del Riesgo Climático de la SEC?

La Norma de Divulgación del Riesgo Climático de la SEC exige que las empresas cotizadas incluyan información exhaustiva relacionada con el clima en sus informes anuales y declaraciones obligatorias. Las normas reflejan los esfuerzos de la SEC para responder a la creciente demanda de los inversores de información coherente, comparable y fiable sobre los efectos financieros del riesgo relacionado con el clima en las operaciones corporativas y sobre cómo se gestionan esos riesgos. Esta norma exige a las empresas cotizadas que divulguen información sobre:

  • Gobernanza y gestión de riesgos: las empresas deben describir cómo su consejo de administración y su alta dirección supervisan e integran los riesgos relacionados con el clima en las operaciones comerciales, la estrategia y la planificación financiera.
  • Reportes sobre las emisiones de GEI: las empresas deben informar sobre las emisiones de alcance 1 (emisiones directas) y alcance 2 (emisiones indirectas de la electricidad adquirida), con requisitos específicos de divulgación basados en la materialidad para las grandes empresas más allá de un umbral de capitalización bursátil.
  • Consecuencias en los estados financieros: las empresas deben revelar los costes relacionados con el clima, incluidas las compras de compensación de carbono, los créditos de energías renovables y las pérdidas financieras debidas a fenómenos meteorológicos extremos.

Norma de Divulgación del Riesgo Climático de la SEC y presentación de información sobre las emisiones de alcance 3

Aunque las emisiones de alcance 3 (aquellas generadas en la cadena de suministro) se excluyen de la norma, principalmente debido a la oposición de la industria en torno a las posibles complejidades que entrañaría su cumplimiento, la SEC sostiene que las empresas deben revelar los riesgos sustanciales de la cadena de suministro si tienen un «impacto considerable» en los resultados. No obstante, no define qué constituye un «impacto considerable».

Por qué la norma de divulgación de la SEC es importante para las empresas

La Norma de Divulgación del Riesgo Climático de la SEC no constituye solo un requisito de cumplimiento.Es un giro normativo estratégico que aspira a armonizar el enfoque de EE. UU. con las normas internacionales sobre reportes ESG, como la Directiva de presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas (CSRD) de la UE, que establecen obligaciones de información para las empresas en todo el mundo.

Más allá de la armonización normativa, la norma tiene como objetivo mejorar la confianza de los inversores. Las divulgaciones normalizadas permiten a los inversores evaluar los riesgos relacionados con el clima en todos los sectores, comparar empresas de manera más eficaz y tomar decisiones informadas sobre sus asignaciones de capital. Un efecto colateral de este cambio es la reducción de las preocupaciones sobre el lavado de imagen verde o greenwashing y una mayor responsabilidad corporativa con respecto a los compromisos climáticos.

Impugnaciones de la norma de la SEC y revocación por Trump

Desde su adopción en marzo de 2024, la norma de la SEC se ha enfrentado a diversas impugnaciones y, en última instancia, a su suspensión judicial. En cambio, diversos estados están intensificando sus esfuerzos en este ámbito. Nueva York, Nueva Jersey, Colorado e Illinois están introduciendo leyes que exigen a las grandes empresas que informen sobre sus emisiones de gases de efecto invernadero. Mientras tanto, un juez federal ha ratificado las leyes de divulgación climática de California SB 253 y SB 261, que se promulgaron en octubre de 2024.

Impugnaciones en curso

Poco después de que la SEC finalizara la Norma de Divulgación del Riesgo Climático en marzo de 2024, varios grupos empresariales, asociaciones sectoriales y estados liderados por el Partido Republicano presentaron demandas impugnando su legalidad. Estas demandas se basaban en dos argumentos principales:

  • Extralimitación normativa: los opositores argumentaban que la SEC se excedió en su autoridad al exigir la divulgación de información relacionada con el clima, alegando que debería ser el Congreso, en lugar de una agencia reguladora independiente, el que impusiera tales requisitos
  • Carga económica para las empresas: los grupos empresariales afirmaron que la divulgación de información sobre el clima conlleva elevados costes de cumplimiento, especialmente para las empresas medianas y los sectores que dependen de operaciones asociadas a elevadas emisiones de carbono.

En respuesta a estas impugnaciones, el Tribunal de Apelaciones del Octavo Circuito de Estados Unidos dictaminó una suspensión temporal, que bloqueaba la aplicación de la norma a la espera de una nueva revisión judicial. Más tarde, la SEC amplió voluntariamente esta suspensión, alegando complejidades procesales y el deseo de evitar la incertidumbre normativa para las empresas que preparan sus divulgaciones.

Esta incertidumbre legal ha dejado a las empresas en una posición difícil: Mientras el mandato federal permanece en el limbo, las leyes estatales e internacionales siguen exigiendo divulgaciones relacionadas con el clima, lo que les exige agilidad en sus estrategias de presentación de información sobre este aspecto.

Impacto de la Administración Trump

Poco después de asumir el cargo, el presidente Trump revocó una orden ejecutiva de su predecesor que exigía que las agencias federales tomaran medidas para evaluar los riesgos relacionados con el clima para la economía estadounidense. Esta medida, junto con la retirada de Estados Unidos del Acuerdo Climático de París, concuerda con los planes de Trump de distanciar a la Administración de los objetivos medioambientales de Biden a través de una agenda marcada por la desregulación y el aumento de la producción de petróleo estadounidense.

En el marco de este plan global, el liderazgo de la SEC ha dado un giro considerable, y el presidente en funciones Mark Uyeda asumió el control la agencia a principios de 2025. El 11 de febrero, Uyeda adoptó varias medidas decisivas que señalaron la marcha atrás en las divulgaciones climáticas obligatorias:

  • Pausó la defensa legal de la SEC de la norma, lo que propicia su impugnación.
  • Cuestionó la autoridad de la SEC para imponer requisitos de presentación de información relacionados con el clima.
  • Manifestó su apoyo al programa global de desregulación de la Administración Trump.

Estas medidas ilustran una hostilidad evidente hacia los mandatos federales de divulgación de información sobre el clima y sugieren que estos pueden verse considerablemente debilitados, si no anulados por completo. Aunque esta tendencia podría conducir a un entorno normativo más complejo y fragmentado, cualquier cambio de enfoque en el futuro no supondrá el fin de los requisitos de información. En cambio, sin un marco nacional, las empresas tendrán que lidiar con la heterogeneidad de normas de información estatales, internacionales y voluntarias, lo que podría suponer mayores costes e ineficiencias operativas para las empresas presentes en múltiples territorios.

Cumplimiento de la Norma de Divulgación del Riesgo Climático de la SEC

A pesar de la incertidumbre en torno a la norma de la SEC, las empresas no deberían retrasar la preparación de sus divulgaciones relacionadas con el clima. Numerosos inversores, partes interesadas y leyes estatales ya aplican normas de información climática más estrictas, lo que hace esencial un enfoque de cumplimiento proactivo.

Cumplir las normas internacionales y estatales

Incluso si la norma de la SEC sigue estancada a nivel federal, las empresas deben cumplir las normas de divulgación climática a nivel estatal e internacional. Existe un número creciente de territorios que aplican requisitos de información climática estrictos, lo que obliga a las empresas a adoptar prácticas de sostenibilidad más transparentes y normalizadas.

Las leyes SB 253 y SB 261 de California, por ejemplo, exigen la presentación de información sobre emisiones de GEI para las grandes empresas que operan en el estado. En particular, la ley SB 253 exige la divulgación de las emisiones de alcance 3; es decir, las emisiones indirectas de las cadenas de suministro y las operaciones en etapas posteriores, que se excluían de la norma de la SEC.

Entretanto, la CSRD de la UE exige evaluaciones detalladas de los riesgos climáticos y divulgaciones de sostenibilidad de las empresas con un volumen importante de operaciones en la UE, independientemente de dónde tengan su sede. La CSRD va más allá de los requisitos de la SEC, ya que exige evaluaciones de «doble materialidad» que valoran tanto los riesgos financieros como el impacto medioambiental de las actividades empresariales.

Mejorar el seguimiento de las emisiones de GEI

Aunque la Norma de Divulgación del Riesgo Climático de la SEC excluye las emisiones de alcance 3, las empresas no pueden permitirse pasar por alto el alcance total de su huella de carbono. Los inversores, los clientes y los organismos reguladores a escala mundial exigen cada vez más información exhaustiva sobre emisiones. Las empresas deben centrarse en crear procesos de seguimiento de las emisiones de GEI que vayan más allá del cumplimiento de mínimos y se ajusten a las buenas prácticas internacionales.

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