Normativa sobre diligencia debida en la cadena de suministro e informes de sostenibilidad | EcoVadis Skip to content

Normativas sobre la debida diligencia y los informes en la cadena de suministro

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¿Está preparado para navegar por el cambiante panorama legal de las normativas en sostenibilidad?

Destacamos los países y jurisdicciones donde las empresas deben aplicar la debida diligencia en sus operaciones y, en consecuencia, hacer que sus cadenas de suministro sean transparentes.

  • Canadá, Norteamérica | Fecha de entrada en vigor: 2021

    Ley canadiense de responsabilidad en materia de cero emisiones netas (Ley C-12)

    La Ley C-12 establece por escrito la transición a las cero emisiones netas de Canadá. Esta medida establece por ley los objetivos federales en materia de emisiones, sentando así un precedente para que las empresas canadienses también se responsabilicen de los objetivos de reducción de emisiones.

  • Previsto
    Australia, APAC

    Divulgación de información financiera relacionada con el clima en Australia (CRFD)

    El Gobierno australiano ha publicado su segundo documento de consulta sobre información financiera relacionada con el clima, en el que ha expuesto el diseño propuesto del régimen obligatorio de información climática de Australia.

  • La India, APAC | Vigente: 2023

    Informes de Responsabilidad y Sostenibilidad Corporativa de la India (BRSR)

    El BRSR, un marco para la elaboración de informes ESG en la India, representa una revolución significativa con respecto a las directrices voluntarias de elaboración de informes de responsabilidad corporativa (BRR) establecidas en 2009. En la actualidad, el panorama mundial de la presentación de información exige normas más refinadas para mejorar las revelaciones sobre sostenibilidad y promover la transparencia y la responsabilidad de las empresas indias.

  • Estados Unidos, Norteamérica | Fecha de entrada en vigor: 2026

    Ley de California sobre riesgos financieros relacionados con el clima (SB 261)

    La Ley 261 del Senado obliga a determinadas entidades que operan en California a revelar detalladamente los riesgos financieros relacionados con el clima y a poner esa información a disposición del público general.

  • Previsto
    EE. UU., Norteamérica

    Norma de la SEC sobre divulgación del riesgo climático

    Si se aprueba, la norma de la Comisión de Bolsa y Valores estadounidense exigirá a las empresas que cotizan en bolsa que mejoren y normalicen su información sobre los riesgos relacionados con el clima, las emisiones de gases de efecto invernadero y los planes de transición a unas emisiones de GEI netas iguales a cero.

  • Estados Unidos, Norteamérica | Fecha de entrada en vigor: 2022

    Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur (UFLPA)

    La Ley de Aduanas Uigur es una ley federal estadounidense cuyo objetivo consiste en impedir que las importaciones vinculadas al trabajo forzoso procedentes de la región autónoma uigur de Xinjiang (China) entren en los mercados estadounidenses. Los importadores cuyos envíos estén marcados por su posible asociación con la región tendrán que demostrar que sus productos no proceden de Xinjiang o no se han producido con trabajo forzoso.

  • Estados Unidos, Norteamérica | Fecha de entrada en vigor: 2026

    Ley de Responsabilidad de Datos Corporativos sobre el Clima de California (SB 253)

    El proyecto de ley 253 del Senado de California, Ley de Responsabilidad de Datos Corporativos sobre el Clima, exige que las grandes empresas que operen en California revelen sus emisiones de GEI. Como parte del Paquete de Responsabilidad sobre el Clima de California, este proyecto de ley es el primero en el país en obligar a la revelación de la información relacionada con el clima de una forma normalizada.

  • UE | En vigor: 2023

    Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM)

    El inicio de octubre de 2023 marca el comienzo del periodo de transición del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono. Si bien la fase definitiva no empezará hasta enero de 2026, a los importadores de la UE ya están obligados a monitorizar las emisiones de CO2 asociadas a sus bienes mediante informes periódicos.

  • Canadá, América del Norte | Fecha de entrada en vigor: enero de 2024

    Ley de Esclavitud Moderna de Canadá (S-211)

    A partir de enero de 2024, la "Ley de Lucha contra el Trabajo Forzoso y el Trabajo Infantil en las Cadenas de Suministro", también conocida como Proyecto de Ley S211, establece la obligación de que algunas entidades informen sobre las medidas que han adoptado para prevenir y reducir el riesgo de que ellas o sus proveedores recurran al trabajo forzoso o infantil. Los primeros informes deben presentarse a finales de mayo de 2024.

  • EE. UU., Norteamérica | 2012

    Ley de transparencia de California (CTSCA, por las siglas en inglés de «California Transparency Act»)

    La Ley de Transparencia de California obliga a las empresas a revelar el esfuerzo que realizan para erradicar la esclavitud y la trata de seres humanos de sus cadenas de suministro directas requiriendo a las empresas del tamaño y alcance especificados que revelen sus iniciativas para erradicar estas prácticas.

  • Australia, APAC | En vigor: 2018

    Ley de Esclavitud Moderna australiana (Ley de la Commonwealth)

    Este régimen legislativo de la Commonwealth australiana establece la obligación de que determinadas grandes empresas presenten información de dominio público anualmente sobre sus medidas para mitigar los riesgos de trabajo forzoso en sus operaciones y cadenas de suministro. La obligación de informar se aplica a las entidades australianas y a las entidades extranjeras que desarrollan su actividad en Australia.

  • Reino Unido | En vigor: 2015

    Ley de Esclavitud Moderna de Reino Unido

    Esta ley histórica de 2015 consolidó los delitos de esclavitud moderna y trata de seres humanos e introdujo medidas preventivas, sistemas de apoyo y un organismo regulador. El régimen actual exige a las entidades comerciales que publiquen una declaración anual sobre sus esfuerzos para erradicar el trabajo forzoso o involuntario en cualquier eslabón de sus cadenas de valor.

  • Previsto
    UE | En vigor: 2026

    Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CSDDD) de la UE

    La CSDDD obliga a las empresas de la UE y de fuera de ella a actuar con la diligencia debida y a responsabilizarse de su impacto en los derechos humanos y el medio ambiente a lo largo de toda su cadena de suministro. Su entrada en vigor está prevista para 2024 y su aplicación, para 2026.

    La CSDDD establece normas obligatorias de diligencia debida en materia de derechos humanos y medio ambiente para las empresas, así como la obligación de abordar estratégicamente el cambio climático. Cada vez está más cerca la adopción de esta controvertida directiva, ya que la nueva versión fue aprobada por el Consejo de la UE en marzo de 2024.

  • UE | En vigor: 2020

    Reglamento de la Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR)

    El SFDR impone requisitos de reportes sobre los fondos de inversión y los demás participantes en el mercado financiero para captar el desempeño en ESG. Una divulgación amplia y normalizada debería permitirles a los inversores tomar decisiones informadas sobre los impactos medioambientales y sociales de sus opciones de inversión.

  • UE | En vigor: 2020

    Taxonomía de la UE

    Esta taxonomía es ante todo un sistema de clasificación que establece una lista de actividades económicas sostenibles desde el punto de vista medioambiental. Para aumentar la inversión sostenible y limitar el lavado de imagen verde, la UE elaboró un marco de evaluación con criterios bien definidos para la selección científica de 170 actividades.

  • UE | En vigor: A partir de 2024 para el año fiscal de 2023

    Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa

    La Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD, por sus siglas en inglés) es una reforma normativa fundamental iniciada por la Comisión Europea con el objetivo de mejorar el panorama de la información no financiera. Amplía considerablemente la actual Directiva sobre información no financiera (NFRD, por sus siglas en inglés) expandiendo su alcance, endureciendo los requisitos de información e integrando la sostenibilidad en el gobierno corporativo.

  • Alemania, UE | En vigor: 2023

    Ley alemana de debida diligencia en la cadena de suministros (LkSG)

    La Lieferkettengesetzes o LkSG exige la aplicación de la diligencia debida en materia de derechos humanos y medio ambiente en las cadenas de suministro. La ley alemana refuerza una legislación cada vez más prescriptiva para garantizar que las empresas se responsabilicen de sus cadenas de valor. Asimismo, precisa acciones y parámetros específicos de diligencia debida en mapeo, evaluación y mitigación de riesgos, así como un umbral más alto para la respuesta de los proveedores.

  • Francia, UE | En vigor: 2017

    Diligencia debida (Devoir de Vigilance)

    La ley francesa de diligencia debida exige que empresas específicas establezcan planes anuales de vigilancia para identificar y prevenir violaciones graves de los derechos humanos, libertades fundamentales, salud y seguridad de las personas, y medioambiente cometidas por sus filiales, proveedores o subcontratistas.

  • Previsto
    Países Bajos, UE | En vigor: Previsto

    Ley neerlandesa de Diligencia Debida sobre el Trabajo Infantil

    La legislación neerlandesa propuesta obligaría a las empresas a investigar si sus bienes o servicios se han producido mediante trabajo infantil y a diseñar un plan que prevenga su existencia. La ley también impondría la obligación de reportes sobre las empresas que afirmen que han ejercido un nivel apropiado de diligencia debida en la cadena de suministro para evitar el trabajo infantil.

  • Noruega | En vigor: 2022

    Ley de Transparencia de Noruega

    La Ley de Transparencia garantiza el acceso público a la información sobre el modo en que las empresas salvaguardan los derechos humanos y las condiciones laborales dignas en sus cadenas de suministro. Las grandes empresas que desarrollan su actividad en Noruega tienen ahora la obligación legal de aplicar la diligencia debida en materia de derechos humanos e informar de sus hallazgos.

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